Hola!! A ver… Te comento. Trabajo en un hospital en Anatomía Patológica y sé cómo funciona esto porque las autopsias se hacen en mi servicio.
Si la muerte de la persona se da en el hospital a consecuencia de una enfermedad que tuviera o por alguna complicación y el equipo médico creyese que podría ser de interés saber la causa relación de la muerte (siempre con el consentimiento de la familia) o la familia decidiese esclarecer el motivo, se puede hacer una autopsia CLÍNICA. Si fuera este el caso, yo me dirigiría Atención al Paciente del Hospital de Rederencia que os tocase con toda la documentación que te han comentado antes y, si no ha pasado mucho tiempo desde que falleció tu padre (no existe una norma a nivel estatal que especifique cuando se tienen que eliminar los informes, muestras… Etc), rellenas un impreso y deberían darte el informe post-mortem. ES TU DERECHO. Además, si tu padre falleció por una enfermedad que tú pudieras llegar a heredar debido a ser su hija, sería muy interesante que tuvieras esos resultados. De todos modos, si no hubiese autopsia puedes pedir el parte de defunción en el que se tiene que describir la causa probable de fallecimiento.
Poniéndonos en el caso de que fuese una muerte violenta, en circunstancias desconocidas o que se sospeche una mala praxis por parte de los médicos que atendieron a tu padre, pasa directamente a ser una autopsia JUDICIAL y la tiene que hacer un forense en un Instituto de Medicina Legal. Para este supuesto, te recomiendo que hables con un abogado/a que te informará de la forma en la que tienes que proceder, porque ahí sí que no sé cómo funcionan los Juzgados.
Mucho ánimo guapa, espero haberte ayudado!!