Negativa a poner el aire acondicionado

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  • Edna
    Invitado
    Edna on #754734

    Hola!!!

    Bueno, como dice el titulo, en mi trabajo se niegan a poner el aire acondicionado. Dicen que es por el tema Covid, que el sistema no renueva el aire y no cumple con el protocolo Covid.

    No sé si ante esta situación tengo algo que hacer, pero me he estado informando y hay un real decreto en el que se recoge que la temperatura máxima en una oficina debería de ser 27 grados. Lo qué no sé es si se trata de una recomendación o de un derecho de los trabajadores.

    ¿Podría abanadonar mi puesto de trabajo si se superan esos 27 grados? ¿Se considera riesgo laboral? ¿Podrían despedirme por ello?

    Mencionar que trabajo de interina en un servicio público, y si abandono mi puesto el servicio quedaría interrumpido, ya que muchos días no hay nadie en mi mismo turno.

    Cualquier ayuda es bien recibida. ¡¡Muchas gracias!! 🤗


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    Mar
    Invitado
    Mar on #754986

    Habla con el servicio de prevención de riesgos laborales.

    En mi curro hace unas semanas que hizo muchísimo calor tampoco había aire acondicionado porque tenían que arreglarlo. El jefe vino a ver qué temperatura había. Si pasaba de X grados, no se abría porque no se podía trabajar así. No lo dice él, lo dicen desde prevención de riesgos. Igual que cuando cortan el agua y no hay baños o cuando no funciona la calefacción en invierno (aquí hace muchísimo frío).

    Yo tengo que salir a la calle por mi trabajo y en olas de calor se nos permite no hacerlo o cambiar el horario para salir en las horas de menos temperatura.

    Así que el calor y el frío sí que son factores importantes para trabajar y deberían tenerlos en cuenta para tu puesto, pero lo dicho, eso te lo confirmarán desde el servicio de prevención de riesgos laborales.

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    Ana
    Invitado
    Ana on #758306

    Abandonar tu puesto? No te lo aconsejo, seria una falta grave y sanción, no se puede abandonar el puesto a no ser que ocurra un accidente grave, tienes que denunciar eso si a prevención y si no en trabajo. Las normas covid ya estan anuladas y derogadas todas asiq no tiene sentido. Denuncia si abandono ni de coña

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    Rei
    Invitado
    Rei on #758513

    Existe una ley de prevención de riesgos laborales (LPRL 31/95, por si la quieres buscar), donde, entre otras muchas cosas, se establecen los rangos de temperatura para trabajar según sea un trabajo sedentario o físicamente activo. Para los primeros el rango es 17-27°. Si por el tipo de local o ubicación no se pudieran conseguir la empresa debe aplicar medidas organizativas de recuperación térmica (por ejemplo, pasar x tiempo cada hora en un espacio con la temperatura adecuada), pero la prevención en primer lugar debe aplicar medidas de carácter general, adaptar el local básicamente, si es factible. Es decir, que es un derecho, no una recomendación. Ausentarte del puesto de trabajo puede suponer una sanción disciplinaria.
    Si la ley no se cumple y no hay voluntad de reconducir la situación, lo más apropiado es interponer denuncia en la inspección de trabajo, que es anónimo, la empresa conocería el contenido de la denuncia, pero no quién es el denunciante. Es un procedimiento que se puede realizar de manera telematica, aunque la inspección puede solicitar una comparecencia del denunciante o realizar una visita a las instalaciones o lo que considere oportuno.
    Si en tu empresa hay Comité de Empresa, pueden gestionarlo ellos en representación de las personas trabajadoras.

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