Como no te vamos a reconocer si escribiste hace unos días diciendo lo de que os habían bajado los 89€ de pensión.
Como ya te han dicho si es por una deuda de su hija, la madre la ha heredado y tiene que pagarla hasta que la termine. Si fallece, esa deuda pasará a sus herederos.
Cuando su hija falleció ella tuvo que aceptar la herencia, no se adjudica porque sí, aunque te toque tienes que firmar que aceptas lo que te ha dejado (sea dinero, bienes o deudas).
Lo que tenéis que averiguar es de que es esa deuda. Por ejemplo, si ella fue autónoma y debía dinero a la seguridad social, os lo están cobrando ahora. O si tenía deudas con Hacienda. O de algún préstamo que no pagó. O de alguna multa gorda.
Cuando eres moroso y te reclaman ese dinero legalmente, pero esa persona no lo paga, se lo quitan de sus ingresos. Le quitan una cantidad en función de lo que cobre, hay un máximo que no se cuál es, un porcentaje en función de los ingresos.
Así que lo que tenéis que saber es que firmó el pariente fallecido como heredero que ahora ha pasado a su mujer, o directamente la mujer como heredera. Y que el abogado pregunte donde sea para saber por qué se debe ese dinero.