Si estuvierais casados en gananciales y tú pusieras dinero en una reforma sobre un inmueble privativo de tu pareja, a la hora de liquidar esos gananciales, el dinero aportado por ti habría que tenerlo en cuenta también como privativo tuyo. Por tanto, si aportas, cuida que quede constancia de que lo has aportado tú y, si un día os separáis, liquidáis vuestra “sociedad” como si hubierais estado en régimen de gananciales. Es lo justo. Si no os separáis, miel sobre hojuelas.