Al ser una incapacidad por accidente laboral la cuantía va a ser mayor, que si hubiera sido por enfermedad común. Y cobrará también un poquito más por ser +52 años.
Informaros bien de todas las ayudas que hay, si va a cobrar la pensión mínima creo que hay un complemento.
Cuando le concedan la incapacidad laboral, apto seguido tiene el 33% de discapacidad, intentaría mover también esto por otro lado por si le suben la discapacidad y tiene ventajas (desconozco cuales). Pero por si acaso, incapacidad y discapacidad no es lo mismo, va por separado.
Yo dejaría reposar las cosas para ver como van y solo en un caso extremo volvería con ellos. Como entres, no sales de allí.