Si el notario dejó en acta que estaba en plena posesión de sus facultades mentales, poco hay para hacer.
Lo de las visitas a la residencia registrada etc es un tema circunstancial. No creo que un juez permita impugnar un testamento en base a eso.
Por cierto, yo vivo en el extranjero. Iba a ver a mi abuela a la residencia cada vez que iba a España. Me dolería que alguien dijese que ‘casi no la veía’.