Como trabajadora de asesoría, te informo que el importe del IVA repercutido no puedes considerarlo ingreso tuyo de tu trabajo, el IVA es un impuesto que va directamente a la AEAT y tú eres la recaudadora y responsable de ingresar ese dinero en la administración. Repito, lo único que puedes considerar tú ingreso es la base de la factura que emitas. Para que no te pase,el siguiente periodo suma el IVa de todas las facturas de gastos y si son menores a las ventas,te seguirá tocando pagar. Siempre te va salir a ingresar a no ser que los gastos superen las ventas.
Un saludo