«mi padre la dejó con todo su dinero/tierras/patrimonio (menos el mínimo que nos correspondía a mi hermano y a mí)»
El mínimo son 2/3 de la herencia y tu madre sólo se pudo haber quedado con 1/3 del resto y esto siempre que hubiera testamento si no nanay. Es decir, la casa donde vivían -suponiendo que se casaran en gananciales- sería el 50% de tu madre y 50% de tu padre y cuando tu padre muriese tu madre solo tendria el usufructo de ese 50% de tu padre sin testamento, no la propiedad (grosso modo porque si tuviera la propiedad del 50% de tu padre porque hubiera testamento habria que tasar cuanto costaba la casa, prorratear lo que heredó ella, es decir el 50%, y calcular que lo que se quedó no fuera más del 1/3 de la herencia total porque como dije los otros 2/3 son para tu hermano y para ti obligaroriamente, hablo de derecho común al menos).
Resumiendo: aunque tu madre se quiera gastar su dinero y vivir la vida con todo su derecho, habéis comprobado que no se esté fundiendo tambien parte de vuestra herencia via paterna?