A lo mejor la pregunta es algo tonta, pero no soy muy experta en estos temas y me vendrían bien opiniones. El sindicato de mi empresa deja mucho que desear.
Trabajo en una empresa mediana que tiene varias plantas, dos las tiene contiguas en un municipio de la capital de Madrid y otra mas al sur de la capital. Yo cuando entre he estado mayoritariamente en la de la capital, y un par de meses en la del sur hasta que me dijeron que me tocaba volver a la de la capital.
Hoy me han dicho que me vuelvo a mudar de manera permanente a la del sur y yo la verdad es que estoy harta, sé que esa me pilla más cerca de casa, pero quiero estabilidad en mis funciones y en mi sitio de trabajo. He mirado el convenio y no dice nada de desplazamientos, y en mi contrato es confuso, ya que en el contrato que firmé,pone que desempeño mi puesto en el centro de la capital, sin embargo, en la incripción del contrato en el SEPE pone como domicilio social de la empresa la dirección del centro del sur, así que no sé si me puedo negar a ese cambio de manera justificada o no, pero me vendría bien vuestra ayuda.
El que se genere mal ambiente no es un problema, quieren hacer recortes y a mí llevan dos meses intentando bien que renuncie, bien despedirme con un disciplinario sin éxito para no pagarme un improcedente. De hecho, sospecho que esta es otra estrategia para que me harte, pero esa es otra historia.
¿ Podríais iluminarme con vuestra sabiduría? Gracias por adelantado.
¿Me pueden cambiar de centro de trabajo?
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LuisitaInvitado
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ResponderBubilaInvitado
Responder¡Yo no veo lo confuso! No tiene nada que ver dónde esté la sede social con tu lugar de trabajo. Si en tu contrato pone un lugar específico para tu desempeño y no añade nada sobre la posibilidad de movilizarte según conveniencia de la empresa, no tienes por qué aceptar ningún traslado.
AlmadeCántaroInvitado
ResponderSi en tu empresa le están buscando los tres pies al gato para despedirte busca un abogado laboralista y plantéale la pregunta, porque tarde o temprano te hará falta! Ve haciéndote con pruebas de todo!
«en el contrato que firmé, pone que desempeño mi puesto en el centro de la capital» Eso es lo que firmaste y ese es tu lugar de trabajo pero yo no lo veo como el comentario anterior y por eso te recomiendo un abogado especialista!
La empresa puede cambiar de centro de trabajo a sus empleados, notificándolo con 30 días de antelación, bla bla bla… La movilidad geográfica se regula en el artículo 40 del Estatuto de los Trabajadores pero no es tu caso porque para que se considere un cambio de lugar de trabajo debe suponer un cambio de residencia habitual (no se especifica distancia por ley pero hay sentencias que reconocen 30 km del domicilio) y no es tu caso. Si la empresa te cambia de centro de trabajo dentro de la ciudad y no supone cambio de domicilio (este sería tu caso y además te queda más cerca de tu domicilio) entiendo que es una decisión legítima basada en el «poder de dirección» de la empresa. -
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