1. Si estáis casados, estás obligada a participar en el cuidado de tu suegra. Lo que haya hecho o dejado de hacer, si no lo reclamaste en su momento, ahora no procede.
2. Si ella tiene pensión, ahorros u otros medios económicos para pagar su cuidado, desde luego no estáis obligados a sufragarlos vosotros; que tire ella de sus bienes y si se acaban, ya se verá.
3. Me parece, pensando mal, que lo mismo tu cuñada quiere que lo paguéis entre todos para no gastar su herencia. Lo mismo en el testamento le deja todo a ella, excepto la legítima que estipule la ley para el resto de herederos.
4. Si no lo habéis hecho, solicitad YA las ayudas a la dependencia. En cada comunidad autónoma sigue un proceso.
5. Si tenéis bienes en común tu marido y tú, plántate. Si hay separación de bienes y estáis casados, yo no me negaría al cuidado (puedes tener problemas), pero haría lo del punto dos.
Suerte, espero haberte ayudado.