@Irene
Es la Seguridad Social la que tiene el deber de dar de baja al trabajador, y pasado el tiempo correspondiente, proponer en su caso una incapacidad permanente (que puede ser de distintos grados). Pero el proceso no pasa por el despido directamente y ya está.
Si se le dió el Alta antes de tiempo, la trabajadora o el trabajador tiene derecho a impugnarlo. Son casos que deben estudiarse con un abogado, aunque comprendo perfectamente que la señora no tenga ganas de «follones» en este momento.