Como te han dicho los contratos temporales no se bonifican, salvo los de interinidad por sustitución de una baja de maternidad (por ejemplo). Así que lo que te está contando es una milonga.
El límite de horas extras anuales son 80 así que por ahí también mal. Se pueden compensar con tiempo de trabajo, pero como todo siempre por escrito.
Tienes obligación de registrar tu jornada y derecho a tener copia de esos registros… Así que si no lo tienes, pide copia para justificar todas esas horas y poder denunciar en la Inspección de Trabajo (se puede hacer por internet).
Como consejo, sácate el certificado digital y entra en la página de la Seguridad Social y obtén un informe de tu vida laboral para ver qué ha estado haciendo… Sí ha encadenado ilegalmente contratos temporales, ver si efectivamente estás a tiempo completo…
Y con todo, denuncia a la Inspección con toda prueba que puedas recopilar. La otra opción es que denúncies en el Juzgado la resolución de tu trabajo por causa justa por incumplimiento empresarial.
Es un rollo todo esto y mucha gente pasa por evitar problemas, pero es la única forma de acabar con los empresaurios. Ánimo!