No especificas si eres propietaria… pero cuando el presidente de la comunidad se niega necesitas tener de tu parte al menos al 25% de los propietarios (el 25% de la cuota de participación). Para que se convoque una reunión extraordinaria.
En esa circular (que debe meterse en todos los buzones de los propietarios) tenéis que especificar todos los puntos que van a tratarse, a votarse y si dejarás espacio para ruegos y preguntas. También tiene que aparecer el lugar, la fecha, la hora y si habrá una segunda convocatoria y si en ella se tratarán los mismos puntos o si sólo se repetirá lo que se dijo y acordó en la primera.
De todos modos mírate bien los artículos 16 y 9 (creo que son) de la Ley de Propiedad Horizontal.
Un punto importante a tratar debería ser que si el señor que lo llevaba se ha puesto ya mayor y enfermo y le han llevado a la residencia, que se cambie. O que se meta un administrador de fuera.
Otro punto: estado de las cuentas.
Otro punto: exigir a esos dos señores un documento donde se especifique adónde va el dinero. Tanto el que entra en la cuenta como el que sale.
Otro punto: las firmas. Porque para las actas de la comunidad necesitas la del presidente de la comunidad, el vicepresidente y el administrador. Esas firmas son las que se necesitan siempre para mover dinero, para cambiar la cuenta de banco si fuera necesario, para cerrar las actas de las reuniones de vecinos, etc.
Investiga todo lo que puedas, mucho ánimo.