Por cierto, se me ha olvidado decirte que el código civil también prevé derecho a pensión respecto al cónyuge al que la separación o divorcio produce un desequilibrio económico en relación con la posición del otro, que implique un empeoramiento en su situación anterior en el matrimonio, tomando en cuenta las circunstancias enumeradas en el artículo 97. Por lo que comentas de tus dificultades para vivir con tu sueldo.