Si en tu empresa le están buscando los tres pies al gato para despedirte busca un abogado laboralista y plantéale la pregunta, porque tarde o temprano te hará falta! Ve haciéndote con pruebas de todo!
«en el contrato que firmé, pone que desempeño mi puesto en el centro de la capital» Eso es lo que firmaste y ese es tu lugar de trabajo pero yo no lo veo como el comentario anterior y por eso te recomiendo un abogado especialista!
La empresa puede cambiar de centro de trabajo a sus empleados, notificándolo con 30 días de antelación, bla bla bla… La movilidad geográfica se regula en el artículo 40 del Estatuto de los Trabajadores pero no es tu caso porque para que se considere un cambio de lugar de trabajo debe suponer un cambio de residencia habitual (no se especifica distancia por ley pero hay sentencias que reconocen 30 km del domicilio) y no es tu caso. Si la empresa te cambia de centro de trabajo dentro de la ciudad y no supone cambio de domicilio (este sería tu caso y además te queda más cerca de tu domicilio) entiendo que es una decisión legítima basada en el «poder de dirección» de la empresa.
Respuesta a: ¿Me pueden cambiar de centro de trabajo?
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AlmadeCántaro
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