TE CONTAMOS TODO LO QUE NECESITAS SABER SOBRE LA BAJA DE MATERNIDAD

Si vas a ser madre o tienes intención de serlo próximamente, el tema de la baja de maternidad, es algo que necesitas conocer ampliamente. Por ello, me he decido a escribir este artículo, con la intención de despejar todas las dudas que puedan existir con respecto a este tema.

Concretamente, la baja por maternidad es el tiempo de descanso que disfrutan las trabajadoras, ya sea por cuenta ajena como por cuenta propia, en caso de nacimiento, adopción, guarda o acogimiento de un menor.

En la actualidad, esta baja tiene una duración de 16 semanas, que, como sabréis, se ha igualado en tiempo a la baja por paternidad, pero en este post en especial, hablaremos solamente de la baja por maternidad.

Baja por riesgo en el embarazo.

Esta es un tipo de baja diferente a la de maternidad, pero que también podrás solicitar si estas trabajando embarazada y tu puesto de trabajo supone algún tipo de riesgo para el embarazo y el puesto de trabajo no se pueda adaptar o cambiar. En el caso de que esto suceda, se produce una suspensión del contrato de trabajo, que se compensa con una prestación económica que consiste en el 100% de la base reguladora.

Es importante tener en cuenta, que no tiene nada que ver con tener un embarazo de riesgo, ya que, en ese caso, la baja la dará un facultativo y será una incapacidad temporal.

Si eres autónoma, también tienes derecho a esta baja y, en el caso, de que tenga que durar más de un mes, quedarás exenta de pagar tu cuota de autónoma.

embarazada

 

¿Cómo solicitarla?

Hay que seguir una serie de pasos:

  1. La trabajadora tiene que solicitar a su médico de cabecera de la Seguridad Social un informe que acredite el embarazo y la fecha probable de parto.
  2. La empresa debe proporcionarle un certificado que acredite la actividad que desarrolla y las condiciones de su puesto de trabajo. Es el conocido como Certificado de empresa.
  3. Con estos documentos tiene que acudir a los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social o a la Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales con la que tenga concertada la empresa la cobertura de las contingencias profesionales, para que le elaboren un certificado médico que avale el riesgo de su puesto de trabajo para el embarazo.
  4. Una vez certificado el riesgo y siempre que no sea posible cambiar a la embarazada a otro puesto de trabajo adaptar su puesto actual, la empresa declarará a la trabajadora en situación de suspensión del contrato por riesgo durante el embarazo.
  5. Para cobrar la prestación, la futura mamá puede imprimir el formulario adecuado y, una vez cumplimentado, enviarlo por correo ordinario, presentar una solicitud en una oficina del Instituto Nacional de Salud (INSS) o a la Mutua Colaboradora con la Seguridad social que corresponda o, a través del Registro electrónico de la Seguridad Social si se dispone de DNI electrónico o usuario clave.

Baja por maternidad.

¿Cómo solicitarla?

Como ya he explicado al principio del artículo, esta baja tiene una duración de 16 semanas y le corresponde una prestación económica que consiste en el 100% de la base reguladora.

Para solicitarla, podrás hacerlo a partir del día siguiente al nacimiento o acogimiento de tu hijo o hija. Tienes la opción de hacerlo de manera presencial, en una oficina de la Seguridad Social o a través de internet. Te dejo por aquí un enlace con todos los documentos que necesitarás para solicitarla y con información más detallada.

 

¿Puedo solicitar la baja por maternidad si estoy cobrando una prestación por desempleo?

La respuesta es sí. Deberás solicitar una pausa en el subsidio de desempleo en el SEPE para poder cobrar la prestación correspondiente a la baja por maternidad. De tal manera, que cobrarás las 16 semanas de baja y después, seguirás cobrando la prestación por desempleo que te corresponda.

En el caso de que tu bebé, vaya a nacer después de que termines de cobrar tu prestación por desempleo, tienes la opción de poder adelantar tu periodo de baja por maternidad, para no perder la prestación económica que corresponde a la baja. Por ejemplo, tu prestación por desempleo acaba en junio de 2022 y tu fecha probable de parto es en julio de 2022, en este caso, podrías adelantar tu baja por maternidad.

Se podría solicitar la baja por maternidad como mucho 10 semanas antes de la fecha probable de parto y debe de ser justificado por tu médico de cabecera. Es decir, deberías solicitarlo a un facultativo.