Respuesta a: Esto es legal o exagero

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Ana
Invitado


Ana on #1146418

Hola!
La legalidad dependerá de lo que tengas firmado en el contrato. Sí pone que trabajas, por ejemplo, de lunes a domingo, sin más, pueden ponerte el turno que quieran; sin embargo, si aparece que solo trabajas en turno de mañanas de x hora a x hora solo pueden ponerte en ese horario. En caso de que te lo modifiquen de forma permanente deben darte un preaviso de 15 días, ya que es un cambio sustancial en las condiciones del contrato y, si te perjudica, podrías rescindir el contrato y percibir una indemnización, (si es una modificación de forma temporal no existe preaviso legalmente establecido, deberías acudir al convenio colectivo)
Respecto a la «evaluación»: en el contrato tienes que tener un periodo de prueba estipulado que, en tu caso, sería de máximo 6 meses al ser titulada si tienes un contrato superior a los 6 meses o máximo un mes si es de 6 meses o menos (vuelvo a remitirte al convenio colectivo, donde esto puede estar modificado). Una vez pasado ese tiempo, el periodo de prueba ha pasado y no tienen por qué hacerte ninguna «prueba».
Si tienes dudas, revisas el convenio colectivo o el estatuto de los trabajadores. Si se te hace tedioso siempre puedes acudir al sindicado y ellos te indicarán si es correcto o no.
Espero haberte ayudado!


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