Por partes. En el contrato de interinidad no se tiene porqué cobrar los mismo que el trabajador sustituido, y que se realiza a jornada completa, EXCEPTO en aquellos supuestos en los que el trabajador al que se sustituye se encontrase trabajando a tiempo parcial que, por lo que comentas, es tu caso. Me parece a mi que tu jefe es un listillo que se está pasando lo establecido en el ET por el forro, yo hablaría con él, le expondría educadamente la situación, pero andaría con ojo. Suerte