Hola bonita.
Voy a matizar un par de cosas de las que te han dicho:
1. La tributación por Impuesto de Sucesiones va a depender en gran medida de tu Comunidad Autónoma. En Andalucía, por ejemplo, se equipara la pareja de hecho al matrimonio a la hora de pagar el impuesto.
2. Casarse en gananciales no implica que vaya todo a medias. El piso es un bien privativo tuyo al haberlo adquirido antes del matrimonio y no tienes por qué aportarlo a la sociedad conyugal, por lo que siempre seguiría siendo 100% tuyo.
Aún así, lo que yo veo más beneficioso en todos los sentidos es casarse en separación de bienes.
Una solución sería que ambos acudiéseis juntos a un asesor y os informe de las implicaciones de todas las opciones y ambos decidáis con conocimiento de causa.
Un abrazo