Yo la verdad, no os entiendo….
Os casais en un régimen matrimonial sin saber muy bien lo que hacéis.
No soy experto, pero voy a intentar compartir lo poco que sé.
El piso es de los dos, pues se ha pagado con ingresos mientras estabais casados. Habría que ver qué porcentaje y demás, pero en principio es así.
Comprarte tú un piso como bien privativo, no puedes hacerlo. Y si lo pones a nombre de un «familiar de mucha confianza», podría ser incluso un delito de alzamiento de bienes.
En cuanto a la sucesión, no estoy seguro, pero el domicilio conyugal queda el usufructo viudal independientemente del régimen matrimonial, pero repito que no soy experto en eso. De todas formas, si tenéis hijos heredarán ellos y no el cónyuge, independientemente del régimen económico matrimonial.
Y sí, si quieres hacer separación de bienes tienes que liquidar el régimen económico matrimonial de gananciales.