A lo que no tienes derecho es a que sea remunerado,pero a ir SI. Que no te Lien, que veo mucha enterada x aqui
Me niegan el día para un examen
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JoleneInvitadoPaulaInvitadoAnyiInvitado
Te copio litaralmente lo que indica el estatuto de los trabajadores: El Estatuto de los Trabajadores establece en el artículo 23.1 que el trabajador tendrá derecho al disfrute de los permisos necesarios para concurrir a exámenes cuando curse con regularidad estudios para la obtención de un título académico o profesional.
Luego , no, no pueden denegartelo, si se niega cogelo igualmente y si quiere que te despida, que sería ilegal.
Luego ten en cuenta que el tiempo que establece la ley es el requerido para ir, hacer el examen y volver, es decir si el examen dura una hora y esta en tu pueblo tendrás que ir antes o despues (o ambos) a trabajar, si dura 4 horas y está a 400km entonces si sería el día entero.
Luego dicen que no encuentran trabajadores… yo flipo
AniInvitadoMírate el convenio, no en todos te corresponde el día entero. En mi caso por ejemplo tengo una hora para ir, una para volver y el tiempo del examen .. pero tengo que ir a trabajar o volver después del examen.
Eso es lo mínimo por ley aunque la mayoría de empresas y convenios te dan el día entero.
Tu solo tienes que notificarlo .. no tienes que pedir permiso.
Eso sí debes aportar justificanteHelenInvitadoMe parece muy fuerte que no te de el día! Independientemente de si es médico, examen o día libre tienes que pedirlo por escrito,por lo menos en la publica donde yo trabajo ( escuela infantil también)
Respecto si tienes derecho al día remunerado o no, es mejor que lo hables con el sindicato porque te lo explicarán todo mejor.
Un saludo y mucha suerte compi! 💪CuritasanaInvitadoLos funcionarios tienen derecho a 6 días de asuntos propios. Los trabajadores por cuenta ajena (por privada) tienen derecho a «x» días si así lo establece su convenio, si se ha pactado con la empresa o si se establece en el contrato.
Es decir, léete bien el contrato y si no está pactado, mira en el convenio. En caso de no tener días por convenio colectivo (lo lógico esq sí) no está todo perdido. Los días por asuntos propios son días en los que puedes faltar al trabajo sin justificar. Sin embargo, si no te corresponde ningún día porque no se incluye en convenio o porque ya los has gastado, puedes faltar CON la presentación del debido justificante. No deberían ponerte impedimentos, y si te despiden es improcedente porque has justificado tu falta y tienes derecho a asistir al médico, a un examen o a un entierro cuando haga falta.
DamarisInvitadoAnónimoInvitadoSe tiene derecho a asistir a un examen oficial y no se recupera el tiempo del examen para formación reglada. Una oposición no sería este caso. Efectivamente es oficial pero es como si te fueras a la competencia ya que una oposición es el acceso a un puesto de trabajo, no es una titulación.
MoniInvitadoanaInvitadoHaber dias no hay de asuntos propios, por examen oficial olvidate porque no es para mejorar en tu puesto de trabajo si no para irte de él, asi que no es lo mismo que te fueras a presentar a un titulo de ingles de la escuela de idiomas y trabajas en una escuela bilingue ahi te lo tienen que dejar a voy hacer un examen para irme de aqui. No cuela y es que denuncies a quien quieras no te lo dan.
Tienes varias opciones, pedir las vacaciones esa semana, si o si, tienes que moverlo ya porque hay que avisar con dias de antelación.
Segundo callarte decir a es verdad genial y :
Casualmente creo que tenias una cita medica ese dia no ?Saludos
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